El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha disipado las dudas planteadas por Manuel Marchena, ex presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, en relación con la posible amnistía por delitos de malversación. Esta decisión podría tener un impacto significativo en el futuro de líderes políticos como Carles Puigdemont, abriendo la posibilidad de su regreso a España.
El contexto de la amnistía
la ley de amnistía ha sido objeto de intensos debates en los tribunales españoles, incluyendo decisiones recientes del TJUE y la ley de amnistía. Manuel Marchena, quien lideró la Sala Penal del Tribunal Supremo hasta 2024, había manifestado su oposición a esta ley, argumentando que la misma podría afectar los intereses financieros de la Unión Europea (UE). Sin embargo, el dictamen del abogado general del TJUE, Dean Spielmann, ya anticipaba que las sentencias del tribunal europeo redundarían en un respaldo a la amnistía.
El TJUE ha confirmado en su fallo que la amnistía no infringe el artículo 325 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), el cual protege los intereses financieros de la Unión. En su análisis, el tribunal destacó que la secesión de una parte del territorio nacional y su posible impacto en la Renta Nacional Bruta (RNB) no representan una amenaza directa para los intereses financieros de la UE.
“En efecto, aun suponiendo que una disminución de la RNB de un Estado miembro por la secesión de una parte de su territorio pueda suponer una disminución de la contribución nacional al presupuesto de la Unión, se trataría del corolario del hecho de que el territorio en cuestión deja de estar sujeto a los Tratados”, declara el TJUE.
La estrategia de Marchena
Marchena había planteado una estrategia de tres vías para frenar la amnistía, que incluía la denegación directa de su aplicación al delito de malversación, una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC) respecto a desórdenes públicos, y finalmente, una cuestión prejudicial ante el TJUE. La última de estas medidas ha sido ahora desestimada por el tribunal europeo.
El auto del 29 de septiembre de 2024, redactado por Marchena, indicaba que si el TC declaraba el delito de malversación como amnistiable, sería necesario plantear una cuestión prejudicial ante el TJUE para determinar si tal amnistía sería compatible con la protección de los intereses financieros de la UE. Sin embargo, el TJUE ha dejado claro que no existe tal incompatibilidad.
Afectaciones a los desórdenes públicos y terrorismo
Además de la malversación, el TJUE también ha abordado la cuestión de los desórdenes públicos y actos de terrorismo en su sentencia, la cual había sido elevada por la Audiencia Nacional. El tribunal ha dictaminado que la amnistía de estos actos, en el contexto de actividades políticas dirigidas a conseguir la independencia, no es incompatible con las directivas de la UE.
“No se opone a una ley nacional de amnistía que, para reducir tensiones institucionales y políticas y facilitar un escenario de reconciliación, establece la extinción de la responsabilidad penal de cualquier persona que haya cometido, en un período delimitado y en el contexto de un proceso de independencia de una parte del territorio nacional de un Estado miembro, actos comprendidos en esta Directiva”, afirma el TJUE.
Reacciones y futuro
El fallo del TJUE supone un revés significativo para las estrategias jurídicas implementadas por Marchena y abre nuevos escenarios para los implicados en el procés. La sentencia ha sido recibida con reacciones mixtas en el ámbito político, y se espera que influya en la situación legal de Carles Puigdemont y otros líderes independentistas.
Con esta sentencia, el TJUE ha clarificado que las normativas nacionales de amnistía, bajo ciertas condiciones, no violan las leyes de la UE, proporcionando un marco más claro para los tribunales españoles en la aplicación de dicha ley.
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