El juicio a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, por presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación, avanza con el proceso de selección de un jurado popular compuesto por nueve ciudadanos, y se espera que la causa contra Begoña Gómez en Madrid continúe su curso. Estas personas, elegidas mediante sorteo, permanecerán incomunicadas durante el periodo de deliberación y recibirán una compensación diaria de 70 euros.
Procedimiento de selección del jurado
Desde 1995, la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado establece que los jurados populares pueden juzgar una variedad de delitos, entre los que se encuentran el homicidio, amenazas, malversación de caudales públicos y tráfico de influencias. Cada dos años, durante la última quincena de septiembre, las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral realizan un sorteo para elaborar la lista de candidatos a jurado. En la Comunidad de Madrid, esta lista incluye a 2.846 personas, quienes reciben un cuestionario con los requisitos para desempeñar esta función.
Funciones y decisiones del jurado
El jurado popular no se encarga de resolver cuestiones jurídicas, sino que debe pronunciarse sobre los hechos presentados en el juicio, basándose en las pruebas practicadas. Para llegar a un veredicto de culpabilidad, se requiere el acuerdo de al menos siete de los nueve miembros del jurado. Por otro lado, para una declaración de no culpabilidad, bastan cinco votos a favor. El cuestionario que el jurado responde debe estar razonado y contar con una motivación fundamentada.
Requisitos para ser jurado popular
Para ser elegible como miembro de un jurado popular, una persona debe ser mayor de edad, estar en pleno ejercicio de sus derechos políticos, saber leer y escribir, ser vecino de la provincia donde se ha cometido el delito y no tener ninguna discapacidad física o psíquica que impida el desempeño de sus funciones.
Exclusiones para formar parte del jurado
Existen varias exclusiones para ser jurado, entre las que se incluyen:
- Personas que hayan cometido un delito doloso y no hayan sido rehabilitadas.
- Individuos que estén involucrados en un proceso judicial en curso.
- Personas detenidas, en prisión provisional o cumpliendo una condena.
- Miembros de la Familia Real, del Gobierno o altos cargos de la Administración.
- Senadores, diputados, personal de las carreras Judicial y Fiscal, así como personal relacionado con la Administración de Justicia.
- Profesores universitarios de disciplinas jurídicas y miembros activos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o de Instituciones Penitenciarias.
Este sistema busca garantizar que el jurado esté compuesto por ciudadanos imparciales y capacitados para evaluar las pruebas y emitir un veredicto justo.
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