La JEC exige claridad en criterios para inscripción de votantes CERA

La Junta Electoral Central (JEC) ha decidido no paralizar el proceso de voto CERA, destinado a los españoles residentes en el extranjero, tras la controversia generada por las masivas solicitudes de nacionalización derivadas de la ‘ley de nietos’. En una resolución emitida el 16 de julio de 2026, la JEC ordena a la Oficina del Censo Electoral que aclare los criterios para la inscripción de nuevos ciudadanos, respondiendo así a las preocupaciones planteadas por Vox y el Partido Popular sobre el proceso electoral.

La Junta Electoral Central (JEC) ha decidido no suspender el proceso de elaboración del censo de los españoles residentes en el extranjero (CERA), a pesar de las peticiones de Vox. El partido político solicitó esta medida tras la entrada de aproximadamente 2,5 millones de solicitudes de nacionalización vinculadas a la denominada ‘ley de nietos’. La JEC también ha respondido a las preocupaciones del Partido Popular (PP) sobre el proceso de inscripción de estos nuevos ciudadanos en el censo electoral, instando a la Oficina del Censo Electoral a proporcionar instrucciones claras a los consulados sobre los criterios aplicables para determinar el municipio de inscripción electoral.

En un contexto de polémica, Alberto Núñez Feijóo, líder del PP, se refirió a las solicitudes de nacionalización como un ejemplo de “ingeniería electoral”. Vox, por su parte, argumentó que el voto CERA no ofrece las mismas garantías que el voto en urna. Sin embargo, la JEC ha afirmado que no es posible acceder a la solicitud de suspensión, ya que tanto la Constitución española como la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) garantizan el derecho al voto de los españoles en el extranjero.

Dudas del Partido Popular

El Partido Popular ha expresado sus dudas sobre el procedimiento de inscripción en el CERA de los nuevos nacionalizados, especialmente en los casos de personas que no han residido previamente en España. Según el partido, estos ciudadanos podrían elegir el municipio en el que inscribirse, lo que podría influir en los resultados electorales de ciertas provincias. El PP ha insinuado que el gobierno podría estar manipulando este proceso para alterar el voto en territorios con diferencias electorales ajustadas.

En respuesta, la JEC ha recordado que existe una orden ministerial de 2011 que indica que aquellos que no han residido en España deben inscribirse en el “municipio de mayor arraigo, propio o de alguno de los ascendientes”. En caso de no disponer de esos datos, la Oficina Consular debe determinar el municipio de inscripción basándose en la información disponible. Hasta ahora, no había habido reclamaciones sobre la aplicación de esta orden, pero la JEC ha solicitado un informe a la Oficina del Censo Electoral para esclarecer este asunto.

Mayor control y transparencia

Con el objetivo de fortalecer la confianza ciudadana en el sistema electoral, la JEC ha solicitado a la Oficina del Censo Electoral que elabore una instrucción dirigida a las Oficinas Consulares. Esta debe detallar los criterios para determinar el municipio de inscripción electoral, especificando cómo acreditar el mayor arraigo, la documentación justificativa necesaria y los criterios aplicables en caso de determinación de oficio del municipio de inscripción.

El Partido Popular considera que la resolución de la JEC valida sus preocupaciones y cree que el gobierno “ya no puede ignorar las dudas existentes” respecto al voto CERA. Para los populares, el requerimiento de más información y concreción por parte del árbitro electoral es una “buena noticia”. No obstante, insisten en que las nuevas inscripciones al censo deberían paralizarse hasta que se aclare completamente el proceso.

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Javier Rodríguez

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