Abogado advierte: Alta médica no garantiza recuperación completa

El abogado laboralista Ignacio de la Calzada ha lanzado una advertencia sobre la problemática de las altas médicas prematuras en España, destacando que recibir el alta no siempre implica una recuperación completa. A través de su cuenta de Instagram, De la Calzada ofrece alternativas legales para aquellos trabajadores que, tras ser dados de alta, aún no se sienten en condiciones de reincorporarse a sus puestos. Este fenómeno, que afecta a miles de trabajadores cada año, genera un aumento de conflictos laborales relacionados con la salud y la reincorporación al trabajo.

En España, el proceso de recibir el alta médica no siempre implica que el trabajador esté completamente recuperado para regresar a su puesto. Ignacio de la Calzada, abogado laboralista, ha destacado en su cuenta de Instagram que obtener el alta médica no garantiza una recuperación total. Esta situación puede generar complicaciones para los trabajadores, quienes enfrentan el temor de perder su empleo si no se reincorporan de inmediato.

Alternativas tras el alta médica

Cada año, numerosos procesos de incapacidad temporal culminan con un alta médica, lo cual no siempre refleja una recuperación completa. De la Calzada propone varias opciones legales para aquellos que no se sienten listos para volver al trabajo. Una alternativa es solicitar las vacaciones pendientes. Si el trabajador cuenta con días de descanso acumulados, puede utilizarlos para continuar recuperándose. Aunque no es obligatorio, esta medida puede proporcionar tiempo adicional para evaluar su situación.

Otra opción es solicitar la adaptación del puesto de trabajo. La legislación vigente obliga a las empresas a realizar ajustes razonables cuando existen limitaciones médicas. Esto podría incluir cambios en las funciones, una reducción de la carga física o modificaciones en el horario laboral. Si un empleado no puede desempeñarse al mismo nivel que antes de su baja, la empresa debe evaluar su estado antes de exigirle un rendimiento normal.

El riesgo de despido

En ocasiones, un médico de la empresa podría declarar al trabajador como “no apto” para desempeñar sus funciones. En estos casos, si no se pueden realizar adaptaciones en el puesto de trabajo, la empresa puede considerar el despido por ineptitud sobrevenida, que ocurre cuando el empleado no puede cumplir con sus tareas por razones ajenas a su voluntad.

Ignacio de la Calzada advierte: “El despido no siempre es legal. Si no se han intentado medidas de adaptación o no hay una causa justificada, el despido puede ser impugnado”.

El abogado también señala que si el trabajador no puede realizar su actividad de manera adecuada tras el alta médica, tiene la opción de solicitar la incapacidad permanente. Esta puede ser parcial, total, absoluta o gran invalidez, dependiendo del grado de las limitaciones del trabajador.

La vía de la incapacidad permanente

La incapacidad permanente es un reconocimiento de que el individuo no puede desempeñar su labor habitual de manera normal. Los trabajadores tienen derecho a solicitar esta prestación si las secuelas de su condición médica impiden su desempeño laboral regular, incluso después de haber recibido el alta médica inicial.

Conocer las opciones legales disponibles, como la adaptación del puesto, la impugnación del despido o la solicitud de incapacidad permanente, es esencial para que los trabajadores puedan tomar decisiones informadas en momentos críticos para su estabilidad laboral y económica.

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Laura Hernández

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