El Congreso rechaza ley de Sumar sobre compra de viviendas por fondos

El Congreso de los Diputados ha rechazado este martes la propuesta de ley de Sumar que pretendía prohibir la compra de viviendas por parte de empresas y fondos de inversión, limitando estas adquisiciones a personas físicas. La iniciativa, que ya había sido desestimada en noviembre del año pasado, no logró avanzar debido a la oposición de PP, Vox, Junts y UPN, mientras que el PSOE, el PNV y Coalición Canaria optaron por la abstención. Esta decisión reafirma la postura del Parlamento en contra de reformar la Ley de Vivienda de 2023 en este aspecto.

El Pleno del Congreso ha rechazado, con la abstención del PSOE, una proposición de ley presentada por Sumar que pretendía prohibir la compra de viviendas por parte de empresas y fondos de inversión, limitando esta actividad únicamente a personas físicas. Esta propuesta ya había sido desestimada previamente en la Cámara Baja y no logró el apoyo necesario debido al voto en contra de PP, Vox, Junts y UPN. Además de los socialistas, el PNV y Coalición Canaria también optaron por la abstención, mientras que ERC, Bildu, BNG, Podemos y la diputada de Compromís, Águeda Micó, manifestaron su apoyo.

Detalles de la Propuesta Legislativa

La iniciativa buscaba reformar el artículo 10 de la Ley de Vivienda de 2023 para impedir la transmisión de propiedades residenciales a entidades jurídicas, tanto de forma onerosa como gratuita. La legislación afectaría tanto a viviendas en uso como a aquellas de nueva construcción una vez finalizadas. El grupo proponente argumentaba que las entidades jurídicas no adquieren inmuebles para cumplir con el derecho constitucional de vivienda, sino que los utilizan como inversiones para generar beneficios a través de actividades especulativas.

Excepciones con Fines Sociales

El texto legislativo incluía un régimen de exenciones que permitía a ciertas organizaciones sin ánimo de lucro continuar adquiriendo propiedades. Entre estas entidades se encontraban asociaciones, agentes económicos y sociales, entidades religiosas, ONG de cooperación al desarrollo y otras organizaciones del tercer sector.

  • Adquisición para sede social
  • Atención sociosanitaria
  • Protección de víctimas de violencia de género
  • Alojamiento de colectivos vulnerables
  • Actividades educativas, cívicas y de culto

Disposición Transitoria

La propuesta contemplaba una disposición transitoria que especificaba que las restricciones no serían aplicables a las compras o transmisiones ya elevadas a escritura pública ante notario antes de la entrada en vigor de la norma, incluso si no se habían inscrito en el Registro de la Propiedad.

“Las personas jurídicas no adquieren inmuebles para ejercer el derecho constitucional al disfrute de una vivienda, sino para tratarlos como bienes de inversión para obtener beneficios económicos”, argumentaba el texto de Sumar.

El rechazo de esta propuesta mantiene el actual estado del mercado inmobiliario, un tema que también se abordó recientemente cuando Sánchez inauguró el curso político ante parlamentarios en el Congreso., donde las empresas y fondos de inversión pueden seguir participando en la adquisición de viviendas. Este desenlace refleja las divisiones en el Congreso respecto a cómo abordar la propiedad inmobiliaria y la especulación en el sector.

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Ana Martínez

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