El Tribunal de Instancia de Aoiz, en Navarra, ha decidido archivar la querella presentada contra los futbolistas del Athletic Club, Nico e Iñaki Williams. La jueza responsable del caso no ha apreciado indicios de delito en el intercambio de vehículos que tuvo lugar en diciembre de 2024, calificando la situación como una cuestión de carácter civil entre las partes involucradas.
Detalles del Intercambio
Según la resolución judicial, las partes acordaron un intercambio en el que Nico Williams entregaría su Mercedes CLA 45 a cambio de un Mercedes AMG E63. Durante el proceso judicial, el denunciante declaró que, además del intercambio, se había pactado un pago de 40.000 euros por parte de Nico Williams.
Tras el acuerdo, Nico Williams afirmó haber entregado su vehículo y recibido el otro, aunque luego lo devolvió tras la interposición de la querella. Por su parte, el denunciante indicó que solo tuvo el vehículo de Williams durante un breve periodo y que no se completó el cambio de titularidad. La jueza ha documentado que Nico Williams realizó una transferencia de 8.340 euros al querellante el 16 de diciembre de 2024, bajo el concepto “Matrícula omnigestión”.
Aspectos Financieros
El querellante confirmó este pago, pero sostuvo que la madre de los Williams consideró que el importe era elevado, proponiendo que la empresa asumiera el 30% de estos gastos. En consecuencia, el 6 de diciembre, se abonaron 3.000 euros a una cuenta de Iñaki Williams.
Iñaki Williams declaró que el 5 de diciembre el querellante acudió al casino de Bilbao y, a petición de un intermediario, le prestó 3.000 euros, dinero que debía ser devuelto al día siguiente. La resolución judicial incluye un justificante de la retirada de efectivo del extracto bancario de su tarjeta de crédito.
Conclusiones Judiciales
La jueza subrayó que, a la luz de las declaraciones de ambas partes, las discrepancias sobre los gastos de matriculación y su reparto forman parte de una relación contractual, sin que existan indicios de criminalidad contra los investigados.
“Teniendo en cuenta las diversas manifestaciones hechas por ambas partes sobre esta cuestión, solo cabe concluir que, en cualquier caso, el pacto que habrían alcanzado sobre quién iba a pagar los gastos de matriculación y en qué porcentaje o importe es un aspecto que forma parte de la relación contractual subyacente sin que se aprecien indicios de criminalidad contra los investigados”, afirmó la jueza.
La decisión de archivar la causa aún puede ser recurrida ante la Audiencia de Navarra, aunque por el momento, la situación queda definida como una disputa civil sin elementos penales.
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