Prohíben a padres de Oviedo acercarse a sus hijos por más de 3 años

La Audiencia Provincial de Oviedo ha prohibido a los padres del conocido caso de la “casa de los horrores” acercarse a sus tres hijos menores durante los próximos tres años y cuatro meses, tras ser condenados por someterlos a un aislamiento extremo. Aunque el tribunal considera que no deben romperse completamente los lazos paternofiliales, permitiendo la comunicación telefónica semanal, los progenitores no podrán aproximarse a menos de 300 metros de los menores ni ejercer la patria potestad. Este fallo surge después de que se probara que los niños vivían en condiciones atentatorias contra su dignidad, sin escolarización ni asistencia médica desde 2019.

Los padres involucrados en el caso conocido como la “casa de los horrores” en Oviedo han sido condenados a dos años y diez meses de prisión por mantener a sus tres hijos menores aislados en un chalé de Fitoria. Además, la Audiencia Provincial de Oviedo les ha prohibido acercarse a sus hijos durante un periodo de tres años y cuatro meses. Esta prohibición incluye cualquier lugar que frecuenten los menores, como su domicilio o centro de estudios. Sin embargo, se permite que los padres mantengan contacto telefónico semanal con ellos.

Restricción de acercamiento y comunicación

El tribunal determinó que los padres no podrán ejercer la patria potestad ni ninguna forma de tutela sobre sus hijos durante el tiempo que dure la restricción. A pesar de las medidas, la sentencia permite mantener el contacto telefónico, basándose en informes médicos y sociales que sugieren que una ruptura total no sería positiva para los menores. El psiquiatra Julio Bobes, quien participó como perito en el juicio, señaló que es fundamental para los niños mantener algún tipo de relación con sus padres.

“Para los niños es muy importante mantener contacto continuado con sus padres”, afirmó el psiquiatra Julio Bobes.

Detalles del caso y motivos de la sentencia

El tribunal confirmó que los menores habían sido sometidos a un aislamiento extremo, sin escolarización ni atención médica regular desde 2019. Las condiciones de vida en las que se encontraban fueron calificadas como atentatorias contra la dignidad de los niños. No obstante, la Audiencia decidió no romper completamente el vínculo paternofilial, ya que los informes indican que podría ser perjudicial para los menores.

Durante el juicio, no se acreditó la existencia de violencia física ni castigos excesivos. El tribunal concluyó que el aislamiento era resultado de una “dinámica familiar” influenciada por el temor patológico al Covid y el miedo a la intervención de los servicios sociales debido a la falta de escolarización y empadronamiento de los niños.

Condiciones de vida y repercusiones en los menores

Los tres hijos, incluyendo dos gemelos de ocho años y su hermano mayor de diez, presentaban retrasos evolutivos, problemas de socialización y falta de autonomía. Los gemelos, por ejemplo, no sabían leer ni escribir al momento del rescate. La Audiencia determinó que estas condiciones constituían violencia psíquica habitual y abandono de familia.

Acciones legales pendientes

La sentencia aún no es definitiva. La consejería de Bienestar Social, a través de la Letrada del Menor, está evaluando la posibilidad de presentar un recurso. La Fiscalía también está revisando el fallo, ya que había solicitado penas más severas por delitos de detención ilegal. Las defensas de los padres están considerando apelar la decisión, argumentando que el tiempo de separación física es excesivo.

La Audiencia ha encargado la traducción de la sentencia al inglés para que ambos condenados, de nacionalidades alemana y estadounidense, puedan entender completamente el contenido del fallo que les afecta.

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Ana Martínez

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