El juez Juan Carlos Peinado ha tomado la decisión de transformar las diligencias del caso Begoña Gómez en un procedimiento de ley de Jurado, el cual será comunicado a los implicados el próximo 1 de abril. Este auto es susceptible de recurso. Mientras tanto, las partes involucradas podrán solicitar pruebas adicionales antes de avanzar hacia la fase de solicitud de juicio oral y calificación.
Acusaciones y Cargos
Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, enfrenta acusaciones por delitos de apropiación indebida y malversación. Junto a ella, su asistenta Cristina Álvarez y el empresario Juan Carlos Barrabés también han sido imputados. El juez Peinado propone acumular a estos delitos otros como corrupción en el sector privado, apropiación indebida e intrusismo, que son de competencia del tribunal de jurado.
Fundamentos del Auto Judicial
El juez Peinado ha señalado en su auto que Begoña Gómez habría utilizado su posición como esposa del presidente del Gobierno para influir en actividades privadas. Según el juez, este poder moral habría sido empleado para contactar y reunirse con diversas personalidades en el Palacio Presidencial, sugiriendo la adjudicación de contratos públicos y la creación de una cátedra para su dirección.
“La investigada Begoña Gómez Fernández, desde su prevalente posición de Esposa del Presidente del Gobierno, contacta […] al que hace ir a la sede de la Presidencia del Gobierno […] y con esa prevalencia, en este caso, moral, sirviéndose de su condición de esposa del Presidente del Gobierno, lo que ya, ‘per se’, influye en la conducta de cualquier ciudadano”, indica el juez en su auto.
Incidencias durante el Proceso
El juez Peinado ha sido objeto de críticas por presuntamente manipular declaraciones durante el proceso. En una comparecencia de Gil de Antuñano, directora de Recursos Humanos del Instituto de Empresa, se discutió una cláusula especial en el contrato de Begoña Gómez que se habría motivado por su relación con el presidente. Sin embargo, el juez imputó al vicepresidente del Instituto de Empresa, Juan José Güemes, por contradecir esta versión.
Güemes declaró ante el juez que la contratación de Gómez no se debió a su relación con el presidente, sino a sus cualificaciones profesionales. Esta afirmación provocó que el juez considerara la posibilidad de un careo por presunto falso testimonio, aunque nunca se concretó.
Resolución de la Sección 23
Meses después, la sección 23 de la Audiencia de Madrid anuló la imputación de Güemes y excluyó al Instituto de Empresa del caso. Este fallo refleja las complejidades y las disputas internas que han caracterizado el proceso judicial.
Próximos Pasos
El procedimiento avanza con la intención de comunicar formalmente a los imputados las resoluciones del caso en la próxima cita judicial. No obstante, las partes aún tienen la oportunidad de proponer nuevas diligencias antes de que el caso avance hacia su próxima fase, lo que mantiene en vilo el desarrollo y desenlace de estas acusaciones.
Comentarios
Todavía no hay comentarios. ¡Sé el primero en opinar!