Tribunal elimina deuda de casi 49.000 euros a jubilados por pensiones exentas

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha anulado una deuda de 48.956,59 euros que la Agencia Tributaria reclamaba a dos jubilados por pensiones percibidas en el extranjero, al determinar que estas prestaciones están exentas del IRPF en España. La sentencia, emitida el 22 de febrero de 2026, se basa en que las pensiones procedentes de la Organización Mundial del Turismo y el Reino Unido no deben tributar según los convenios internacionales vigentes. Este fallo representa un alivio para los jubilados afectados, quienes habían llevado su caso a los tribunales tras ser notificados de la deuda en 2018.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha decidido cancelar una deuda de 48.956,59 euros que la Agencia Tributaria reclamaba a dos jubilados por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de sus pensiones recibidas del extranjero. Según el fallo judicial, estas pensiones, procedentes de la Organización Mundial del Turismo (OMT) y del Reino Unido, están exentas de tributación en España debido a su naturaleza y amparadas por convenios internacionales.

El origen del conflicto

El conflicto comenzó en 2018 cuando la Agencia Tributaria reclamó el pago del IRPF sobre las pensiones extranjeras de los jubilados. Las autoridades fiscales se basaron en el artículo 17 de la Ley 35/2006 del IRPF, que clasifica las prestaciones de jubilación como “rendimiento íntegro del trabajo”, implicando una obligación de tributar. Sin embargo, el fallo señala que las pensiones de los jubilados no deben ser gravadas en España, ya que están protegidas por acuerdos internacionales.

Decisión del Tribunal Económico-Administrativo

El caso fue inicialmente llevado ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR) de Madrid, donde la apelación de los jubilados no prosperó. Los magistrados de esta instancia señalaron que para evitar el IRPF, las pensiones deberían haberse recibido en un solo pago en lugar de mensualidades. Además, el tribunal no reconoció la pensión británica como una pensión pública.

Resolución del Tribunal Superior de Justicia

Ante la negativa del TEAR, los jubilados apelaron al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que falló a su favor. El tribunal declaró que las pensiones están exentas del pago del IRPF, confirmando que las prestaciones de jubilación entran dentro de esta excepción. En cuanto a la pensión del Reino Unido, el tribunal destacó que uno de los jubilados había trabajado como funcionario para el Ministerio de Comercio e Industria británico, lo que calificaba su pensión como una prestación estatal, tributando únicamente en el Reino Unido.

“He cotizado durante más de 44 años y cada mes sufro un recorte injusto en mi pensión”, declaró Arcadio Barrera, uno de los jubilados afectados.

Implicaciones del fallo

El fallo también criticó el intento de Hacienda de obligar a los jubilados a pagar el IRPF en España para luego solicitar su devolución en el Reino Unido. Esta práctica fue desestimada por el tribunal, afirmando que las autoridades fiscales españolas no pueden requerir responsabilidades tributarias por pensiones que no están sujetas a impuestos en España.

La decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid establece un precedente significativo para otros jubilados en situaciones similares, reforzando la aplicación de tratados internacionales que protegen a los pensionistas que reciben prestaciones del extranjero.

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Isabel Jiménez

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