El juez de Instrucción número 2 de Tarragona, Rubén Rus Vela, ha aceptado que diversas asociaciones, partidos y colectivos se personen en el caso que investiga al bufete Equipo Económico, fundado por el exministro Cristóbal Montoro. La investigación busca determinar si las reformas fiscales promovidas por el Ministerio de Hacienda beneficiaron a empresas de gases industriales, clientes del bufete. De manera inesperada, un particular también ha decidido ejercer la acusación, alegando un “perjuicio económico considerable” derivado de estas reformas.
Acusaciones de Discriminación Fiscal
Juan Antonio Barrado, de Barrado Consultores Sociedad Limitada Profesional, ha presentado un escrito al juez. En este documento de tres páginas, Barrado asegura que las medidas legislativas del Ministerio de Hacienda no solo fueron discriminatorias, sino que violaron el principio de igualdad de trato fiscal de la Unión Europea. Según él, estas reformas fiscales beneficiaron injustamente a ciertas empresas gasísticas que contaban con los servicios del bufete Equipo Económico.
Barrado argumenta que las rebajas fiscales para las empresas beneficiadas se compensaron con una carga fiscal discriminatoria para las sociedades profesionales. Esta situación, según su denuncia, vulnera la igualdad de trato en el ámbito fiscal, conforme al artículo 18.6 de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades.
Detalles de la Legislación Impugnada
La legislación en cuestión afecta a sociedades profesionales, donde se considera que el valor convenido coincide con el valor de mercado en servicios prestados por socios profesionales. Esta norma, según Barrado, crea una carga fiscal desproporcionada para las sociedades profesionales en comparación con las empresariales. El juez ha dado un plazo de cinco días a Barrado para formalizar su personación en el procedimiento a través de un procurador.
Ampliación de Querella
En septiembre, Barrado presentó una ampliación de querella que desarrollaba sus argumentos iniciales sin añadir nuevos delitos a los ya imputados en el auto del magistrado, que incluyen cohecho, fraude, prevaricación, tráfico de influencias, y corrupción, entre otros. En su solicitud, Barrado destaca que las sociedades profesionales tributan a un tipo fijo, mientras que las personas físicas enfrentan una escala progresiva que supera el 45% de tipo marginal.
“La imputación del 70% del beneficio de una sociedad profesional a las prestaciones accesorias de los socios, mientras que los socios de una actividad empresarial no tienen esa misma presunción, podría plantear una vulneración de los principios de igualdad y de no discriminación”, afirma Barrado.
Impacto Económico
Barrado cuantifica las pérdidas sufridas por su sociedad en 2019 y 2020 debido a la reforma fiscal. Asegura que se le imputó “más del 75% del beneficio”, lo que resultó en una cuota de 16.199 euros en 2019 y 17.507 euros en 2020.
El asesor fiscal recuerda que la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) garantiza la no discriminación y la igualdad de trato en el ámbito fiscal. Según Barrado, las diferencias en el tratamiento fiscal deben estar justificadas por razones objetivas y proporcionales. Si no es así, podrían contravenir la doctrina del TJUE.
El caso Montoro sigue avanzando mientras se espera determinar la validez de las acusaciones y el impacto real de las reformas fiscales en cuestión.
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