Exonerados en el caso de los burros del Desert: “La acusación fue absurda

La magistrada de la sección penal del Tribunal de Instancia de Castelló ha absuelto a Toni García y Juan Lebrian, acusados de maltrato en el caso de los burros del Desert de les Palmes, al considerar que la acusación carecía de fundamento. Este fallo judicial, emitido el 9 de abril de 2026, pone fin a lo que los abogados de los absueltos describen como un “ensañamiento”, destacando que fueron las únicas personas que realmente se preocuparon por el bienestar de los animales. La sentencia también cuestiona la actuación de la administración y los errores cometidos durante la investigación.

El Tribunal de Instancia de Castelló ha absuelto a Toni García, exdirector del parque natural del Desert, y a Juan Lebrian, pastor y propietario de los burros, de las acusaciones de maltrato animal en el caso de las muertes de los burros del Desert de les Palmes. Según los abogados de los absueltos, Pepe Herrero y Maribel Escrig, el fallo de más de cincuenta folios demuestra que la acusación carecía de fundamento y que las únicas personas que realmente se preocuparon por los animales terminaron en el banquillo.

Sentencia y reacción de las defensas

La sentencia destaca que no se pudo probar el delito de maltrato animal porque no existió, según argumentan las defensas. Toni García declaró que ni un solo día de condena habría sido justo, pues desde el inicio defendió su inocencia. La abogada de Lebrian subrayó que su cliente solo siguió las instrucciones recibidas y que los errores en la investigación por parte de la administración quedaron en evidencia durante el juicio.

Las autoridades responsables del proyecto, en concreto la Generalitat, fueron señaladas por las defensas como las que deberían haber asegurado que el proyecto se desarrollara conforme a las pautas establecidas. Sin embargo, la sentencia también pone en tela de juicio los errores de la investigación y la falta de pruebas contundentes que demostraran el maltrato hacia los burros.

Cuestionamientos y pruebas insuficientes

Las defensas manifestaron que la administración presentó numerosos peritos, pero ninguno pudo demostrar que las muertes se debieran a desatención. Tampoco se realizaron necropsias para determinar las causas de las muertes. Según los abogados, el caso se montó en respuesta a la repercusión mediática y política generada por el tema.

“La administración quiso tapar sus errores al acusar de maltrato”, afirmaron los abogados.

Ambos acusados ahora se sienten en paz, aunque siempre tuvieron la conciencia tranquila, sabiendo que alertaron sobre los problemas pero no obtuvieron respuesta adecuada de las autoridades. La defensa también mencionó que la posibilidad de un sabotaje no fue investigada, a pesar de conocer que un burro de otro propietario también había muerto.

Posibles acciones legales futuras

La Fiscalía o cualquiera de las partes acusadoras podría apelar el fallo ante la Audiencia Provincial dentro de un plazo de diez días hábiles. Se espera que para finales de abril se sepa si la sentencia será definitiva. Sin embargo, los abogados de los absueltos consideran que la resolución es contundente y bien fundamentada, lo que haría poco probable una apelación exitosa.

La esencia de la sentencia indica que no hay pruebas de maltrato, ya que los acusados no cometieron tal delito. A pesar de la posibilidad de apelación, se considera que la sentencia está detalladamente argumentada y no hay evidencia sólida que respalde las acusaciones iniciales.

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Isabel Jiménez

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